Con su publicación formal en la Gaceta Oficial Extraordinaria N.° 7.074, con fecha del martes 15 de septiembre de 2026, entró en vigencia inmediata la Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
El texto legal, sancionado por la Asamblea Nacional el pasado 1 de septiembre y promulgado este martes, introduce modificaciones clave en la composición y el mecanismo de designación del Comité de Postulaciones Judiciales, organismo encargado de participar en la selección de los magistrados del máximo tribunal del país.
Claves de la reforma y el nuevo Comité de Postulaciones
De acuerdo con el nuevo texto del artículo 65, el Comité estará integrado por 23 miembros, cuya designación requerirá el respaldo de las dos terceras partes de la plenaria de la Asamblea Nacional. La estructura se divide de la siguiente manera:
- 11 diputados del Parlamento nacional.
- 12 representantes postulados por distintos sectores de la sociedad organizada.
Para integrar a la sociedad civil, la Asamblea Nacional deberá conformar una Comisión Preliminar con los 11 parlamentarios, la cual tendrá la responsabilidad de realizar la convocatoria pública. Esta deberá difundirse mediante la página web y redes sociales del Parlamento, además de al menos tres publicaciones en diarios de circulación nacional.
Transparencia, paridad y plazos
La normativa establece que la Comisión Preliminar se encargará de recibir, preseleccionar y presentar las postulaciones ante la plenaria bajo un procedimiento estrictamente público y transparente. Asimismo, el proceso deberá garantizar:
- Paridad de género en la representación.
- Inclusión y participación de grupos discriminados, marginados o vulnerables.
Una vez instalado formalmente el Comité de Postulaciones Judiciales, los 11 parlamentarios de la Comisión Preliminar se integrarán a este cuerpo, el cual tendrá un período de funcionamiento de dos años.
Renovación del TSJ
Por su parte, la Disposición Transitoria Única estipula que, tras la oficialización de la reforma, el Parlamento procederá de inmediato al nombramiento del nuevo Comité bajo las reglas del artículo 65.
Esta conformación dará inicio formal al proceso para la selección y designación de los magistrados principales y suplentes del Tribunal Supremo de Justicia, así como de las autoridades de sus órganos auxiliares, marcando un nuevo hito en el sistema judicial venezolano.

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